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La Agencia estatal por Compra

  

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La Agencia Estatal de Compras  fue creada según el decreto número 583 de 16 de mayo de 1997 del presidente de la República Azerbaiyana  para realizar la política estatal en la esfera de la compra de los artículos (trabajos y servicios) a cuenta de los recursos estatales y sus funciones están determinadas por el reglamento confirmado por el decreto número 855 de 20 de febrero de 2003 del presidente de la República Azerbaiyana conforme al artículo 4 de la ley “Sobre las compras estatales”. 
En el reglamento se trata sobre la creación y la perfección  de la base normativo-jirídica que regula las compras estatales en la República Azerbaiyana, garantía del control del cumplimiento de los contratos y la legitimidad de las compras de los artículos (trabajos y servicios)  a cuenta de los recursos estatales mediante el concurso, las medidas según la legislación de incrementar el nivel del profesionalismo de los  especialistas de las organizaciones de compras en el campo de las compras estatales,  la creación de la base de información en la esfera de las compras estatales y el cumplimiento de otras funciones previstas por la legislación de la República Azerbaiyana.
El primer documento normativo que regula las compras estatales en la República Azerbaiyana es el reglamento “Sobre las compras de artículos (trabajos y servicios) por las organizaciones presupuestarias confirmadas por el decreto número 524 de 19 de deciembre de 1996 del Presidente de la República Azerbaiyana, despúes el 11 de febrero de 1997 fue adoptado la ley de la República Azerbaiyana “Sobre ténder” y el 7 de abril de 1997 fue suscrito el Decreto del Presidente de la República Azerbaiyana sobre la aplicación de la Ley de la República Azerbaiyana “Sobre ténder”. Durante la aplicación de dichos documentos la Agencia estatal de Compras estudiando la experiencia en esta esfera y teniendo en cuenta los documentos de compras de los países europeos, las recomendaciones de Banco Mundial, los requesitos de  los contratos sobre las compras estatales de las Organizaciones Comerciales Mundiales, elaboró nuevo  anteproyecto de ley “Sobre las compras estatales”  que fue  adoptado por Milli Majlis el 27 de deciembre de 2001 y entró en vigor con el Decreto número 668 de 29 de enero de 2002 del Presidente de la República Azerbaiyana sobre la aplicación de la Ley “Sobre las compras estatales”.
Según el Decreto todas las compras estatales de 250 millones y más se realizan mediante el ténder abierto, la organicaión de compra debe usar cualquier método de la compra si el precio de los artículos (trabajos y servicios) es menos de 250 millones manat. Se incluyen en la comisión del ténder  los representantes del Ministerio de Hacienda de la República Azerbaiyana, el Ministerio de Desarrollo Económico de la República Azerbaiyana y los órganos ejecutivos centrales correspondientes si el precio implícito del objeto de ténder es 5 mil millones manat y las organizaciones financiadas por presupuesto tiene 1,5 mil millones manat o las divisas convertibles son más que la suma  equivalente. En los procedimientos realizados en la  República Azerbaiyana cualquier residente, las personas jurídicas o físicas, la alianza de las personas jurídicas pueden participar como  querellante independientemente de la nacionalidad. 

Dirección : ciudad Bakú, calle U. Hadjibeyov 40, Palacio de Gobierno, entrada 2 , segundo piso
Tel.: 493 20 15 
Fax: 498 09 05 
Correo electrónico: [email protected]
Pájina de internet: www.tender.gov.az



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